El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha aprobado la orden que regula el primer mecanismo de subastas. Se pone en marcha el calendario 2020-2025 y con él, las garantías de subastas de renovables para los próximos cinco años.
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Calendario de subastas de renovables 2020-2025
Este es el calendario para la subastas de renovables en los próximos cincos años. Presentando las diferentes tecnologías y años: Eólica, Fotovoltaica, Solar Termoeléctrica, Biomas y otras. En las columnas siguientes se muestran los Volúmenes mínimos de potencia acumulada (MW) por años.

En el año 2020 se convocará un mínimo de 3.000 MW:
- 1.000 MW para energía eólica.
- 1.000 MW a fotovoltaica.
- 1.000 MW sin restricción tecnológica.
Tecnología/años | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 |
---|---|---|---|---|---|---|
Eólica | 1.000 | 2.500 | 4.000 | 5.500 | 7.000 | 8.500 |
Fotovoltaica | 1.000 | 2.800 | 4.600 | 6.400 | 8.200 | 10.000 |
Solar Termoeléctrica | 200 | 200 | 400 | 400 | 600 | |
Biomasa | 140 | 140 | 260 | 260 | 380 | |
Otras (biogás, hidráulica, maremotriz, etc.) | – | 20 | 20 | 40 | 40 | 60 |
El calendario de subastas de renovables se actualizará anualmente y estará orientado a la consecución de los objetivos del PNIEC.
La participación en las subastas será por medios electrónicos a través de la entidad administradora y tendrá que ir acompañada de la garantía correspondiente.

Garantías para las subastas renovables
La orden especifica una garantía económica para la participación en la subasta y otra para la inscripción en el Registro electrónico del REER.
Garantía para participación en la subasta
Se requiere una garantía económica para participar en la subasta de energías renovables, regulada en el artículo 8.2 del RD 960/2020, de 3 de noviembre, cuya cuantía será de 60 euros/kW para la potencia que se pretenda ofertar.
Garantía económica para el REER
Como requisito previo para el registro electrónico en el régimen económico de energías renovables en estado de preasignación, se requiere una garantía económica de 60 euros/kW. Esta se regula en el artículo 25 del RD 960/2020, de 3 de noviembre y se desglosa de la siguiente forma: 12 euros/kW van destinados a la identificación de la instalación. 18 euros/kW para la acreditación de la autorización administrativa de construcción (AAC). Y 30 euros/kW son vinculados a la inscripción en el registro electrónico en el REER en estado de explotación de conformidad con el artículo 16.
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